Contribución de la política de competencia en España en la agenda 2030

Ficha

Autor/es
Guindos Talavera, Beatriz de
Título
Contribución de la política de competencia en España en la agenda 2030
Páginas
11-36
Palabras clave
Política de competencia
Sostenibilidad
Objetivos de desarrollo sostenible
Agenda 2030
Marco legal
Tratado de Funcionamiento de la UE
Ley de Defensa de la Competencia
Directrices
Keywords
Competition policy
Sustainability
Sustainable development goals
2030 Agenda
Legal framework
Treaty on the Functioning of the EU
Competition Act
guidelines
Resumen
El marco legal de la política de competencia de la UE ha demostrado ser sólido y flexible para adaptarse a los cambios en los mercados con el fin de garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos en beneficio de consumidores y usuarios. Es importante que el marco de competencia de la UE siga siendo apropiado para un mundo que cambia rápidamente, adaptándose continuamente a una economía verde, digital e inclusiva. En la normativa nacional y comunitaria de competencia vigente no existen previsiones específicas sobre objetivos de sostenibilidad. Por ello, cuando las autoridades de competencia deben evaluar acuerdos que persiguen objetivos de sostenibilidad, deben hacerlo bajo el marco general aplicable en cualquier análisis de competencia. De acuerdo con dicho marco legal, si el acuerdo restringiera la competencia, la autoridad deberá evaluar los beneficios económicos directos (ahorro en costes, innovación, calidad y otras eficiencias derivadas del acuerdo) para los consumidores y usuarios directamente afectados por el acuerdo. En un contexto de recuperación post-Covid, en el que los compromisos de la Agenda 2030 devienen aún más necesarios para asegurar un crecimiento sostenible a futuro, el debate sobre la interrelación entre competencia y sostenibilidad resurge con fuerza pues existe el temor de que las reglas de competencia pudieran estar desincentivando iniciativas privadas sobre sostenibilidad. Con el fin de proporcionar cierta seguridad jurídica sobre los acuerdos de sostenibilidad y su compatibilidad con la normativa de competencia podría ser conveniente incorporar una disposición específica a tal efecto en el Reglamento de Exención por Categorías de la Comisión Europea y las directrices sobre acuerdos de cooperación que se están revisando en este momento.
Abstract
The legal framework of the EU competition policy has proved to be solid and flexible to adapt to changes in the markets in order to guarantee, preserve and promote the correct functioning, transparency and the existence of effective competition in all markets and productive sectors for the benefit of consumers and users. It is important that the EU's competition framework remains appropriate for a rapidly changing world, by continuously adapting to a modern green and digital economy. It is a fact that in the current Spanish and European competition regulations there are no specific provisions on sustainability objectives. For this reason, when the competition authorities must evaluate agreements that pursue sustainability objectives, we must do so under the general framework applicable in any competition analysis. Under this legal framework, if the agreement restricts competition, the authority must assess
the direct economic benefits (cost savings, innovation, quality and other efficiencies derived from the agreement) for consumers and users directly affected by the agreement. In the aftermath of the Covid crisis, in which the commitments of the 2030 Agenda have become even more necessary to ensure sustainable growth in the future, the debate on the interrelation between competition and sustainability is strongly re-emerging as there is a fear that competition rules could be hampering private initiatives on sustainability. In order to provide certain legal certainty regarding sustainability agreements and
their compatibility with competition law, it could be convenient to incorporate a specific provision for this purpose in the European Commission's Block Exemption Regulation and the guidelines on cooperation agreements that are reviewing right now.